El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) tramita diversas situaciones de inmigrantes menores de edad. Esta guía describe los procesos generales para situaciones comunes, pero recuerde:
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Los formularios y requisitos específicos pueden variar: Cada caso es único. Consultar con un abogado de inmigración o con el USCIS es crucial para obtener orientación personalizada.
Escenarios:
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Inmigrar con los padres (en familia):
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Incluidos en la solicitud de los padres: Los hijos suelen ser beneficiarios derivados en la solicitud de sus padres(formulario I-130).
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Pasos:
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Petición: El progenitor, ciudadano estadounidense o residente permanente, presenta el formulario I-130.
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Disponibilidad de visados: Los tiempos de espera varían en función de la categoría de visado.
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Ajuste de estatus o trámite consular: Dependiendo de la elegibilidad, el niño pasa por uno u otro proceso.
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Niños refugiados o asilados:
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Solicitud: Presentar el formulario I-589 individualmente o con la familia.
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Estatus concedido: Solicite el ajuste de estatus (si está en EE.UU.) o realice el trámite en el extranjero.
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Adopción:
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Petición: Los padres adoptivos, ciudadanos estadounidenses, presentan el formulario I-600 para el hijo adoptado.
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Tramitación: Tras la aprobación del USCIS, el caso pasa al Centro Nacional de Visados y luego a la embajada/consulado de EE.UU. para la tramitación del visado.
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Llegada: Al entrar con el visado, el niño se convierte en ciudadano estadounidense si se finaliza la adopción.
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Menores no acompañados:
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Remisión: Remitido a USCIS por otras agencias.
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SIJS: Puede ser considerado para el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil si reúne los requisitos.
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Hijo de ciudadano estadounidense nacido en el extranjero:
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CRBA: Los padres informan del nacimiento a la embajada/consulado de EE.UU. más cercano para obtener un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero.
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Pasaporte: Solicite un pasaporte estadounidense para el menor después de obtener la CRBA.
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