Patrocinar a un familiar que ha llegado a Estados Unidos de forma irregular puede ser un proceso complejo, y es importante seguir los procedimientos correctos para evitar problemas legales o consecuencias negativas.
Si eres ciudadano estadounidense y tienes al menos 21 años, es posible que puedas patrocinar a tu madre para que obtenga la residencia permanente legal (tarjeta verde) a través del sistema de inmigración por motivos familiares. Sin embargo, si tu madre entró en Estados Unidos de forma irregular, podría estar sujeta a ciertas prohibiciones de admisión, como la prohibición por presencia ilegal, lo que podría dificultarle la obtención de un estatus legal.
Una posible opción es solicitar una exención de la prohibición por presencia ilegal, que puede concederse en determinadas circunstancias. Esta exención se conoce como «exención provisional por presencia ilegal» o exención I-601A, y permite a determinados familiares directos de ciudadanos estadounidenses que no reúnen los requisitos para regularizar su situación en Estados Unidos solicitar una exención antes de salir del país para acudir a una entrevista de visado de inmigrante en el extranjero.
Otra opción
La «libertad condicional in situ» (PIP) es una medida administrativa discrecional concedida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) a determinados familiares indocumentados de personal militar estadounidense, veteranos y miembros del ejército en servicio activo que se encuentren en los Estados Unidos.
En el marco del PIP, a los familiares que cumplan los requisitos se les puede conceder un permiso temporal para permanecer en Estados Unidos sin que se les considere inadmisibles ni sujetos a expulsión. Este permiso temporal puede concederse por un máximo de un año cada vez y puede prorrogarse según sea necesario.
El objetivo del PIP es proporcionar un medio para que las familias de militares permanezcan unidas y evitar la separación familiar provocada por cuestiones de inmigración. El PIP también puede dar lugar a que los familiares que cumplan los requisitos puedan optar a otras formas de ayuda, como el ajuste de estatus a la residencia permanente.
Es importante señalar que el PIP es una ayuda discrecional, y que los requisitos y la elegibilidad pueden variar en función de las circunstancias particulares de cada persona.
Podemos ayudarle con cualquiera de las dos opciones para seguir adelante; llámenos al 855-963-0988


