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¿Se ha quedado sin visado?

Vino a Estados Unidos con el Programa de Exención de Visado, pero las cosas se alargaron un poco. ¡Sucede! ¿La buena noticia? Es posible que puedas arreglar las cosas e incluso quedarte. ¿Y la mala? Puede ser complicado, así que presta atención.

Problemas con la exención de visado: ¿De qué se trata?

El Programa de Exención de Visado (VWP) es estupendo para estancias cortas, pero si te pasas de esos 90 días, no puedes prorrogar tu visita ni cambiar de estatus una vez aquí. Además, volver a entrar en Estados Unidos más tarde puede ser difícil.

Los formularios que pueden salvar el día

Hay algunos formularios del USCIS que podrían ayudarle, dependiendo de su situación:

  • Conviértase en residente permanente (formulario I-485): Si reúne los requisitos para ajustar su estatus, por ejemplo al casarse con un ciudadano estadounidense, este formulario podría ser su billete. Tu cónyuge tendrá que presentar un formulario aparte para solicitarlo por ti (formulario I-130). ¿La buena noticia? En estos casos, el USCIS suele pasar por alto la estancia excesiva en el VWP, siempre y cuando hayas entrado legalmente al principio.

  • Exención por exceso de estancia (formulario I-601 o I-212): Si no puedes quedarte pero quieres volver, puede que necesites una exención por estancia prolongada. Esto se aplica si se te ha prohibido volver a entrar en EE.UU. durante 3 o 10 años debido a tu estancia. El formulario I-601 es el más común en este caso, pero si has sido deportado antes, puede que necesites el formulario I-212.

  • Razones humanitarias (otras formas): Existen otras opciones en situaciones específicas. Por ejemplo, si eres víctima de violencia doméstica, es posible que puedas ajustar tu estatus en virtud de la Ley de Violencia contra las Mujeres (VAWA), independientemente de la duración de tu estancia.

Cómo presentar estos formularios (y no meter la pata)

  1. ¿Cumple los requisitos? Compruebe que realmente cumple los requisitos para la exención o el ajuste de estatuto que está considerando.

  2. Rellena bien los formularios: Estos formularios pueden ser complicados, así que coge el correcto (I-485, I-130, I-601 o I-212) y rellénalo con cuidado.

  3. Reúne pruebas: Necesitarás documentos que respalden tu caso, como certificados de matrimonio, pruebas de que entraste legalmente, pruebas de tu relación (si procede) y documentos de dificultades (para exenciones).

  4. Envíelo: Envíe sus formularios cumplimentados y las tasas a la dirección correcta del USCIS.

  5. Huellas dactilares y fotos: Es posible que tenga que acudir a una cita para que le tomen las huellas dactilares y una foto.

  6. La entrevista: Prepárese para una posible entrevista con el USCIS en la que podrían hacerle preguntas sobre su situación.

Cosas importantes que recordar

  • Hable con un abogado: La ley de inmigración es compleja, sobre todo en lo que se refiere a las prórrogas de estancia y las exenciones. Pide ayuda a un abogado de inmigración para evitar errores.

  • No espere: Cuanto antes presente su solicitud, mejor. Y asegúrese de que todo está correctamente cumplimentado para evitar retrasos.

  • Sea minucioso: Proporcione toda la documentación que pueda para reforzar su caso de exención o ajuste de estatus.

Lo esencial

Puede haber una manera de salir de su situación de sobreestadía VWP, pero se necesita investigación, esfuerzo, y posiblemente un poco de músculo legal. Si sigues estos pasos y comprendes los formularios necesarios, podrás aumentar tus posibilidades de salir airoso de esta complicada situación y permanecer en Estados Unidos. Mucha suerte.

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