PROCESO VAWA

El proceso de inmigración basado en la familia generalmente requiere que los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales presenten una petición en nombre de sus familiares no ciudadanos. Algunos peticionarios pueden hacer mal uso del proceso de inmigración para abusar aún más de sus familiares no ciudadanos al amenazarlos con retener o retirar la petición para controlarlos, coaccionarlos e intimidarlos.

Con la aprobación de la Ley de Violencia contra las Mujeres de 1994 (VAWA por sus siglas en ingles) y sus posteriores reautorizaciones, el Congreso brindó a los no ciudadanos que han sido abusados por su ciudadano estadounidense o residente permanente legal la capacidad de solicitar de forma independiente (autopetición) la clasificación de inmigrantes. sin el conocimiento, consentimiento o participación del abusador en el proceso de inmigración. Esto permite a las víctimas buscar seguridad e independencia de sus abusadores.

Aquellos elegibles para presentar una solicitud

  • Cónyuge: si es o fue el cónyuge abusado de un ciudadano estadounidense o residente permanente. También puede presentar una solicitud como cónyuge abusado si su hijo ha sido abusado por su cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente. También puede incluir en su petición a sus hijos solteros menores de 21 años si no han presentado una solicitud por sí mismos.

  • Madre: si usted es padre de un ciudadano estadounidense y ha sido abusado por su hijo o hija ciudadano estadounidense.

  • Niño: si es un niño abusado menor de 21 años, soltero y ha sido abusado por su padre ciudadano estadounidense o residente permanente. Sus hijos también pueden estar incluidos en su petición. También puede presentar una solicitud para usted cuando era niño después de los 21 años pero antes de los 25 si puede demostrar que el abuso fue el motivo principal de la demora en la presentación.